Senadores rechazaron cambios en Bienes Personales, Impuesto a las Ganancias y la prórroga en Monotributo: así quedaron
BIENES PERSONALES
Los cambios fueron rechazados por dos votos durante la votación en particular del paquete fiscal. Hubo 37 opiniones en contra del capítulo y 35 a favor.
El texto que se había aprobado en general proponía subir el mínimo no imponible de Bienes Personales de $27 millones a $100 millones, más una baja de alícuotas a un rango que va del 0,5% a 1,5%, cuando hoy llegan al 1,75 por ciento. También eliminaban las diferencias entre bienes locales y en el exterior, que hoy pagan una alícuota más alta y que llega al 2,25%, además de un programa de beneficios para pagos adelantados que aspiraba a sumar recaudación en el corto plazo.
“Es una perversidad haberlo rechazado teniendo en cuenta que con los nuevos mínimos no imponibles y el nuevo monto de excepción de la casa habitación mucha gente de clase media iba a dejar de pagar Bienes Personales o pagar muy poco porque el nuevo mínimo era de $100 millones para el período fiscal 2023″, dijeron desde el sector tributario.
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
El restablecimiento del Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría para los trabajadores en relación de dependencia a niveles similares a los que regían el año pasado antes de la baja impulsada por el ex ministro de Economía, Sergio Massa, fue rechazada por 41 votos contra 31.
Con la reversión del impuesto, el gobierno planeaba aumentar la recaudación en 0,5% del PBI e incrementar la coparticipación a las provincias. Sin embargo, el texto aprobado en Diputados lo reducía a 0,43% y el que llegó al Senado de 0,41% del producto, según el informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC). Ahora se rechazó en su totalidad.
Ahora queda vigente el esquema que rige actualmente de Ganancias. Esa última reforma eximió del impuesto a 800.000 asalariados. La normativa elevó el piso del mínimo no imponible para trabajadores y jubilados que perciban 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM), es decir, $3.514.725 de salario bruto. Además, estipuló que los contribuyentes tributan de acuerdo a la diferencia entre el haber y el mínimo establecido y las alícuotas van del 27% al 35%, según el nivel de ingresos.
ELIMINARON LA PRORROGA DEL MONOTRIBUTO
El Senado votó en contra del artículo 100 del paquete fiscal que preveía la prórroga del denominado Monotributo Social. Esa norma, que no estaba incluida en el proyecto original y había sido agregada durante la discusión en Diputados, aseguraba la continuidad de beneficios para sectores de la economía popular que podían facturar por sus actividades comerciales abonando una mensualidad menor que el resto de los monotributistas.
Se trata de una categoría tributaria que les permite a los contribuyentes facturar, acceder a una obra social e ingresar al sistema jubilatorio.
A diferencia del monotributo común, está subsidiado el 100% del pago del componente impositivo y del previsional, y el 50% de la obra social. Por lo tanto, un monotributista social paga únicamente el 50% restante de lo que corresponde a la obra social. Además, el monotributo social es compatible con otros programas como la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo y programas de inclusión social del Ministerio de Desarrollo Social.