
Por medio del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025 el gobierno de Javier Milei limitó el derecho a huelga, debido a que amplió las actividades consideradas esenciales.
Se trata de las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en medio de un conflicto sindical. «Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos», afirmó artículo 3 de la normativa publicada hoy en el Boletín Oficial.